La Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) en Sonora, rechaza el Reglamento para el Control del Tabaco que entrará en vigor el próximo 15 de enero, porque excede sus facultades y va más allá de lo que señala la Ley, manifestó su dirigente, Manuel Lira Valenzuela.
En un comunicado, señala que no se tomaron en cuenta las observaciones que la Cámara realizó y carece de evidencia científica, por lo que no necesariamente evitará el consumo del tabaco, pero sí fomentará el comercio ilegal, por lo que exhortó a sus socios a ampararse.
Expuso que la Canirac coincide en la necesidad de promover acciones para proteger la salud e impulsar políticas públicas que tiendan a la prevención del consumo del tabaco, por lo que se respalda ampliamente que se informe a la población sobre los riesgos y el daño que provoca fumar.
Por ello, y para cumplir la Ley General para el Control de Tabaco, los restaurantes realizaron adecuaciones para que hubiera una convivencia entre espacios libres de humo y aquellos para personas que quisieran ejercer su libertad y fumar.
Incluso, desde la Cámara, los restauranteros participaron activamente en la última reforma a dicha ley, en febrero de 2022, sin embargo, la Secretaría de Salud luego de una consulta pública de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria propuso modificación al reglamento de la Ley, sin tomar en cuenta los argumentos de los restauranteros.
Agregó que el pasado 16 de diciembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco el cual entrará en vigor mañana en el país y entre otros puntos prohíbe la prestación de cualquier servicio de alimentos, bebidas y entretenimiento, así como su consumo, en las zonas actuales destinadas para fumar.
Estas zonas deberán estar físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones y, no ser paso obligado para las personas o encontrarse en los accesos o salidas de los inmuebles, lo que hace inviable tener un área de fumar, por lo que la industria restaurantera se opuso desde el primer momento, argumento.
Lira Valenzuela dijo que el reglamento rebasa lo previsto en la Ley, ya que una norma reglamentaria no puede modificar o alterar el contenido de una ley y la Secretaría de Salud excede sus facultades al asumir funciones de legislador.
Por todo lo anterior, la Canirac apoyará con asesoría jurídica a aquellos restauranteros que consideren que serán afectados y quieran ampararse, ya que es el único camino legal que tienen los afectados para protegerse, lo cual podrán hacer antes del 24 de febrero, o bien dentro de los 15 días hábiles siguientes a su primer acto de aplicación del Reglamento.
La industria ha demostrado su compromiso con la salud de sus clientes y sus colaboradores y está a favor de políticas públicas eficaces en materia de salud, modernas y basadas en evidencia científica, sostuvo.
Sin embargo, no podemos apoyar una normatividad que no tomó en cuenta los argumentos de las distintas industrias, y que no da opciones para los restaurantes, expresó.